Como empleador/a, tiene la obligación legal de declarar los salarios de su empleado/a a la Seguridad Social, así como de contratar un seguro de accidentes (en virtud del art. 12 de la Ley del seguro de vejez y supervivientes –LAVS– y el art. 34, letra d), del reglamento que la desarrolla –RAVS–).
Según la LAVS, toda persona que ejerza una actividad lucrativa está sujeta al pago de cotizaciones a partir del 1 de enero del año siguiente a aquel en el que haya cumplido los 17 años. En el sector de la economía doméstica, toda actividad remunerada está sujeta a cotización, incluso si el salario en metálico o en especie es inferior a 2300 francos suizos anuales:
https://www.ge.ch/employer-du-personnel-maison
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